Defensor Vs. Comisario de Familia en Colombia

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En el contexto colombiano a lo largo de los años se han evidenciado una gran cantidad de problemas intrafamiliares que pueden llegar a vulnerar el bienestar de las personas que conforman esté núcleo.

Es común que algunas personas que hagan parte de una familia puedan llegarse a sentir en estado de indefensión o vulnerabilidad.

Dichas personas sufren a diario situaciones de violencia física, emocional, sexual o incluso económica. Y aunque las personas del común conocen que hay ciertas entidades a las que pueden dirigirse para acabar con algunas situaciones violentas que han tenido que vivir, lastimosamente estás personas no cuentan con la información correspondiente sobre:

¿A que figura deben dirigirse en su caso específico?

Ya que realmente el concepto Defensor o Comisario de familia no nos dice nada sobre sus respectivas funciones. Este artículo es vital para entender ¿A quién dirigirse?, a continuación explicaremos paso a paso: ¿Cuál es la diferencia entre una figura y otra?, esto con el fin de brindar apoyo y ser un soporte para las familias en el ámbito jurídico y psicosocial. 

Recuerde que está información fue actualizada en Octubre de 2023. 

¿Cuáles son las diferencias entre un defensor y un comisario de familia?

En primer lugar hay que tener en cuenta que los Comisarios de Familia dependen de entes territoriales, consejos municipales y distritales mientras que los defensores de familia dependen del ICBF (Entidad de nivel nacional). 

Teniendo eso en cuenta procederemos a enumerar las principales diferencias en cuanto a sus funciones, con el fin de brindar una total claridad en la información.

  1. Los comisarios de familia reestablecen los derechos cuando la situación se ha presentado dentro del contexto de violencia intrafamiliar, en cambio los defensores de familia garantizan, previenen y restablecen los derechos fuera de este contexto.
  2. Los comisarios no tiene la facultad de determinar o declarar el hecho de que un niño, niña o adolescente se encuentra en estado de adoptabilidad, mientras que los defensores de familia si cuentan con esta facultad de manera exclusiva. 
  3. No en todo el territorio nacional existen defensores de familia, mientras que por ley todos los municipios de Colombia deben contar con un comisario. En caso de que no fuese posible, se apoyarán en otras entidades estatales, pero se prestará el servicio. 
  4. Los comisarios de Familia NO cuentan con la facultad de conciliar, por su parte los defensores de familia SI pueden hacerlo. 

¿Cuáles son las similitudes entre un defensor y un comisario de familia?

Aunque resulte obvio, es claro que ambos únicamente están facultados para ejercer sus funciones en casos plenamente relacionados con un contexto de Derecho de Familia. 

De la misma manera como en el anterior punto, procederemos a indicar sus principales similitudes haciendo uso de la enumeración.

  1. Ambos parten de una interacción con las partes involucradas; pues ambos tienen la facultad de entrevistar a las partes, brindar una comunicación efectiva y segura entre las mismas, recopilar información de suma importancia y presentar argumentos legales.
  2. Tanto el defensor como el comisario de familia tienen como objetivo principal proteger los derechos de las personas involucradas en el caso y más aún si se trata de un niño, niña o adolescente. 
  3. Ambos pueden tomar medidas urgentes dirigidas a la protección del núcleo familiar.

¿Qué es más recomendable, defensor o comisario?

Realmente el hecho de recurrir a uno antes que a otro no depende de que una figura, sea mejor que la otra, la respuesta a la pregunta sobre ¿A qué figura es más recomendable dirigirse? cambiará totalmente dependiendo del caso específico que se desee poner en conocimiento frente a las entidades.

Aun así y por lo anteriormente mencionado es evidente que si usted en su proceso tiene como ideal el hecho de llegar a una conciliación, NO podrá recurrir a un comisario, pues como explicamos en las diferencias entre una figura y otra, los comisarios no cuentan con esta facultad.

Pero realmente la mejor manera de saber a qué entidad recurrir es por medio de una asesoría jurídica en la que usted brinde a detalle, toda la información relevante de su caso. 

Si requiere asistencia jurídica puede consultarnos por los siguientes medios: 

Vía WhatsApp con en el +573161743366 o Vía correo electrónico a través del siguiente email: [email protected] 






Dr. Camilo Albarran

Dr. Camilo Albarran

Dr. Camilo Albarran, CEO de SIB LATAM, líder en soluciones legales tecnológicas.

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