La liquidación laboral corresponde a un reconocimiento de carácter económico que es otorgado por los empleadores hacia el empleado al haber desempeñado sus labores durante un periodo de tiempo que llegó a su fin debido a alguna razón en específico, las cuales podrían ser por una finalización del contrato a termino fijo por mutuo acuerdo, terminación unilateral por cualquiera de las partes, o retiro por jubilación.
Hay diferentes casos por la cual los empleadores no pagan la respectiva liquidación ha dicho trabajador luego de la terminación del contrato. Esto conlleva a sanciones monetarias que equivalen a un día de salario por cada día de retraso, esto iría hasta por un periodo de 24 meses, o hasta verificar si el periodo es menor. Hay que añadir también que el no pago oportuno de esta liquidación traerá como consecuencia sanciones económicas por parte del ministerio de trabajo, y si no se evidencia el pago de aportes de seguridad social y parafiscales puede llevar a sanciones por parte de la unidad de gestión personal y parafiscales.
En el momento de referirse al término demanda hay que tener presente que éste solo corresponde a los jueces laborales. Por tal, en estos casos donde se tiene como fin principal el cobro de la liquidación laboral como consecuencia de una terminación del contrato, se debe acudir a la legislación laboral, esto, para que a través de una demanda contra el empleador que no ha cumplido con este reconocimiento económico se pueda solicitar que dicha liquidación se haga efectiva.
Lo primero que debe tener presente el demandante es todo lo que debe incluir el pago de la liquidación, esto corresponde a: las cesantías, primas, pago a la caja de compensación y vacaciones que no hayan sido otorgadas durante el periodo de tiempo del contrato finalizado. El siguiente paso es hacer el cálculo sobre las prestaciones de ley, las cesantías y la prima, esto corresponde a un salario por cada año que se ha trabajado. Por otra parte, las vacaciones corresponden a medio salario anual; Hay que tener en cuenta que si la finalización del contrato fue sin justa causa se debe pagar una indemnización dependiendo del tipo de contrato pactado.
Si el empleador no da respuesta y continúa en mora con el pago de la liquidación, se debe remitir una carta por parte del empleado solicitando el pago. También puede dirigirse a las oficinas del ministerio de trabajo para que se realice una audiencia de conciliación.
Si el empleador continúa en la posición de no pagar la liquidación, el trabajador puede pasar al siguiente recurso el cual sería iniciar un procedimiento ante la jurisdicción laboral; dicho proceso podría durar hasta un año.
Finalmente se puede decir que, si la suma adeudada es menor a 20 salarios mínimos mensuales legales vigentes, se puede llevar a cabo el procedimiento sin la contratación de un abogado por parte del empleado. A esto hay que añadir que se tiene un plazo de máximo tres años para iniciar este procedimiento antes de que prescriba este recurso.

1 comentario en “¿Cómo hacer una demanda por no pago de liquidación laboral?”
Quiero demandar a mi jefe por no pago de liquidación pero no tengo tiempo para ir al ministerio de trabajo por mi horario laboral