Convalidación de títulos de Medicina General en Colombia

¿Por qué se debe convalidar medicina general en Colombia?


Por diversas situaciones, colombianos deciden prepararse profesionalmente en el área de medicina general en instituciones educativas en el exterior y cada vez mas extranjeros deciden ejercer su profesión o seguir preparándose tanto profesional como académicamente en nuestro país, por lo tanto, se hace necesario realizar el trámite de convalidación correspondiente, ya que este tiene como fin que el programa académico cursado en el exterior tenga los efectos legales, de reconocimiento y validez de los programas ofrecidos en territorio nacional , la convalidación del título le permitirá también acceder a las especialidades y subespecialidades que ofrecen destacadas instituciones de educación superior. Es importante aclarar que para los títulos en el área de medicina general es obligatorio realizar el proceso de convalidación y posteriormente iniciar el trámite para obtener la tarjeta profesional ante colegios y agremiaciones profesionales, quienes son los encargados de autorizar el ejercicio de la medicina general en Colombia.

Para ello, deben cumplirse los requisitos establecidos en la resolución 10687 de 2019, sin embargo hay unos requisitos especiales para el área de la salud, dada la exigencia en estas áreas debido a que el Ministerio de Educación como entidad del estado, debe garantizar y asegurar que los profesionales que ejerzan en el país deben contar con las capacidades y conocimientos óptimos, dado el nivel de complejidad y responsabilidad que conlleva la profesión de la medicina, además debe revisar la calidad e idoneidad de la institución de educación superior extranjera donde cursaron su formación académica.

¿Cuáles son las etapas de la convalidación?

Una vez revisados los requisitos establecidos en la resolución 10687 de 2019, se deben reunir los documentos correspondientes y diligenciar el formulario de solicitud en debida forma, estos documentos se radican en la pagina del Ministerio de educación pagando una tasa administrativa que tiene un plazo de 30 días para realizar el pago, de no realizar el pago en el tiempo establecido, la solicitud se dará por cerrada y se deberán cargar nuevamente los documentos y volver a diligenciar el formulario de solicitud. Es importante contar con la asesoría de profesionales especializados en esta área, con el fin de analizar y construir un acervo probatorio completo y no tener inconvenientes a la hora de radicar la solicitud.


Luego inicia la etapa de determinación del criterio de convalidación aplicable al caso concreto y requerimiento de viabilidad de la solicitud de convalidación. La Entidad Administrativa deberá establecer si es necesario o no, realizar un Requerimiento de Viabilidad y Completitud Documental en donde se solicite una modificación o adición de información a los documentos inicialmente presentados.


El Ministerio de Educación realiza un examen académico de los estudios cursados por el convalidante y que presenten una equivalencia con los programas ofrecidos en Colombia y un examen de legalidad de la institución de educación superior que otorgó el título.


Posteriormente, el MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL entrará a determinar el criterio de convalidación susceptible de aplicación al caso concreto, que podrá ser:

  • Acreditación o Reconocimiento Académico de Alta Calidad.
  • Precedente Administrativo 
  • Evaluación Académica

La Comisión Nacional Intersectorial de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior es el órgano designado para realizar la evaluación del cumplimiento de los requisitos y de emitir el concepto correspondiente. Para los casos de pregrado en medicina, el criterio a aplicar es el de evaluación académica, realizando un análisis técnico integral de la documentación y establecer si presenta una equivalencia con los programas académicos ofrecidos en Colombia, a nivel de duración, créditos, contenidos programáticos y modalidad.


Una vez surtida esta etapa, el Ministerio de Educación emite la decisión mediante acto administrativo y finaliza con la notificación de ese acto administrativo la cual se envía al correo autorizado por el convalidante. Esta decisión puede ser positiva o negativa dependiendo de la evaluación realizada a la documentación allegada y al cumplimiento de los requisitos exigidos, en caso de ser negativa pasa a una segunda instancia que es la de los recursos de ley y se tiene un término de 10 días hábiles para dar respuesta al acto administrativo que negó la solicitud de convalidación.

¿Cuánto dura el proceso de convalidación?


El trámite de convalidación tiene un término dependiendo del criterio aplicado en cada caso en concreto, por lo tanto, si se aplica el criterio de acreditación o Reconocimiento Académico de alta calidad, este tiene un término de 60 días calendario, se cuentan a partir del siguiente día hábil del reporte del pago de la tasa administrativa en la plataforma del Ministerio de Educación.
Si se da aplicabilidad al criterio de precedente administrativo, este tiene un término de 120 días calendario, que son contados a partir del siguiente día hábil en que se realiza el pago de la tasa administrativa en la plataforma del Ministerio de Educación.
Si por el contrario se aplica el criterio de evaluación académica, esta tiene un término de 180 días calendario, a partir del siguiente día hábil de haber realizado el pago de la tasa administrativa en la plataforma del Ministerio de Educación.
Para títulos que provengan de Venezuela, el término será de 120 días calendario.
Sin embargo, en la práctica, los términos establecidos pueden variar, dado el nivel de solicitudes que llegan día a día al Ministerio de Educación y no se tiene la capacidad operativa de abordar todas las solicitudes en un tiempo tan corto, por lo tanto, se deben utilizar diversos mecanismos con el fin de dar un impulso procesal a la solicitud.

¿Qué exigencias específicas hay para medicina general?


Dado el nivel de complejidad y exigencia para convalidar los programas de medicina general, es necesario dar cumplimiento a lo establecido en la Resolución 10687 de 2019 que estipula una documentación general y una específica para la convalidación de títulos de pregrado, en este caso la documentación general requerida que se aplica a todas las áreas es la siguiente:

  • Documento de identidad.
  • Diploma debidamente apostillado.
  • Programa académico.
  • Certificado de notas debidamente apostillado.


Pero en el caso de medicina general, adicionalmente, se deberá allegar el Certificado de prácticas profesionales de pregrado o internado rotatorio con la apostilla o legalización correspondiente y traducción oficial si aplica. Vale la pena aclarar que, aunque la resolución indica que debe ser un certificado, en realidad es un documento extenso que debe cumplir con ciertos requisitos y ser expedido por la institución donde se realizaron dichas prácticas.

Dr. Camilo Albarran

Dr. Camilo Albarran

Dr. Camilo Albarran, CEO de SIB LATAM, líder en soluciones legales tecnológicas.

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