Conflicto de intereses entre socios, cómo solucionarlos

En Colombia una sociedad comercial o mercantil es cuando dos o varias personas se reúnen y aportan ya sea dinero, trabajo o bienes materiales con el fin de crear una empresa y obtener resultados positivos o utilidades.

Los socios siempre deben obrar de buena fe, con lealtad para con la empresa y de manera diligente, sus actuaciones deben ser en pro para cumplir con los intereses de la sociedad.

Dentro de toda sociedad se habla de conflicto de intereses entre socios y con esto se puede referir a un desacuerdo, confrontación o diferencia entre ellos; este conflicto puede suceder desde alguna coyuntura en particular o cuando hay problemas de dinero o comunicación.

Qué es el Conflicto de Intereses según algunos abogados

En varias ocasiones, se dice que los intereses de los socios no son los mismos y cuando con anterioridad no se han hecho acuerdos respecto a las diferencias llegadas a tener puede haber un conflicto que afecte a la empresa y a su desarrollo, esto se llama conflicto societario.

También algunos abogados hablan que los conflictos entre los socios obedecen a varias causas, entre las cuales están: el divorcio o muerte de un socio, utilizar para cualquier negocio la estructura de sociedad, la falta de prevención legal a la salida de un socio que no está conforme con el manejo de la empresa y cuando hay autoritarismo de parte de un socio; así mismo, estos autores afirman que hay conflictos más graves cuando hay sucesiones en los cargos directivos, en la titularidad de las acciones, cuotas o partes sociales, cuando hay incumplimiento constantemente de las formalidades acordadas entre los socios y cuando se realizan actividades no registradas o avaladas por los socios.

Cómo evitar un Conflicto de Intereses

Al crear una sociedad, los socios deben tomar decisiones para el bien de la empresa, las cuáles deben estar de acuerdo la mayoría con el fin de aprobar dicha decisión y no hacerlo de forma unánime.

En Colombia puede haber conflicto de intereses entre socios a partir de una simple discrepancia o desde la creación de los estatutos de esta, la formulación de estrategias de acción, las retribuciones de los socios, los aspectos personales de ellos, entre otros conflictos que podrían suceder.

Por ello, son importantes estas recomendaciones para evitar conflictos societarios, sin embargo, esto no los exceptúa de que haya algún desacuerdo.

Contar con un mediador

Es importante contar con un abogado experto en derecho comercial para que sea mediador; este permitirá que haya una comunicación armoniosa y si en algún momento hay una diferencia él puede mediar para buscar una solución pronta y de acuerdo con la ley.

Convocar reuniones

En toda sociedad es necesario que los socios se reúnan por lo menos una vez al año para así estar al tanto de cómo se encuentra la sociedad. En esta reunión es importante revisar los informes de gestión, el capital y todos los problemas que hayan ocurrido para que se pueda buscar una solución.

Comunicación anticipada

Es recomendable que los socios ante cualquier situación tengan conocimiento sobre lo ocurrido; que entre ellos tengan comunicación continua.

Conocer los Estatutos de la sociedad

Es muy importante que todos los socios tengan conocimiento de las normas, estatutos y las disposiciones de la sociedad. Esto permite que estén prevenidos de cualquier consecuencia o algún hecho del futuro incierto.

Conformar una junta directiva

Cuando haya una sociedad de dos o más socios es sumamente importante que se conforme una junta directa, ya que esta permite que haya más orden y suma desarrollo a la sociedad; también una junta directa permite que los socios sean más receptivos, haya recomendaciones y opiniones, evitando que se generen conflictos a futuro.

También es muy importante que tengan desde el inicio un pacto de socios, donde se acuerden los roles de cada uno en su sociedad, el reparto de dividendos y todo lo que crean que es necesario incluir en dicho pacto.

Cómo llegar a una conciliación o acuerdo si existe Conflicto de Intereses

La Delegatura para procedimientos mercantiles se ha pronunciado diciendo que en Colombia pareciera suficiente que las normas que regulan los conflictos de interés de los administradores, abarquen la celebración de operaciones con el accionista de una sociedad. Aunque hoy en día no se ha previsto una definición legal para poder identificar los conflictos de intereses entre los socios, este despacho dijo que mientras haya un vacío legal sobre este tema, los jueces son los que determinan en qué momento y con qué hechos es que se debe activar la regla del numeral 7 del Artículo 23 de la Ley 222 de 1995.

Igualmente, para solucionar los conflictos de intereses entre socios la superintendencia de sociedades dice que se puede dar uso al centro de conciliación de esa entidad o solicitar una investigación administrativa, esto debe ir en concordancia con el artículo 152 del Decreto 019 de 2012, y con el parágrafo primero del número 5 del artículo 24 del Código General del Proceso.

La Entidad anteriormente nombrada cuenta con toda la facultad para solucionar cualquier controversia de naturaleza societaria, siempre y cuando siempre se apliquen las reglas que componen el régimen societario colombiano.

También los socios se pueden dirigir al Centro de conciliación y arbitraje empresarial de la superintendencia, cuando se presente una demanda de convocatorio del trámite arbitral cumpliendo con todos los requisitos que exige la ley para esta demanda y anexando el pacto arbitral.

Es importante resaltar que la Superintendencia de sociedades suscribió con el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, un convenio para que las sociedades Mipymes puedan acceder a estos servicios de arbitraje sin ningún costo, y así poder resolver sus conflictos jurídicos que surjan en las empresas Mipymes.

Finalmente, es conveniente que los socios para tener una solución adecuada a los conflictos de interés, tengan un asesoramiento y mediación de un abogado especialista en sociedades, y que investiguen qué deben hacer según la guía de Litigio Societario creada por la Delegatura para procedimientos mercantiles de la Superintendencia de sociedades; en esta guía se explica de muy buena manera cómo los socios de las empresas deben actuar y qué acciones tomar según el conflicto que se esté presentando.

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Dr. Camilo Albarran

Dr. Camilo Albarran

Dr. Camilo Albarran, CEO de SIB LATAM, líder en soluciones legales tecnológicas.

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